30 de diciembre de 2024

Nacionales 26/12/2023

El DNU de Milei también afecta a los viajes de egresados

Desregulación del Estado

El DNU de Javier Milei dedica tres artículos a la desregulación del sector turístico. Puntualmente, el decretazo del Presidente deroga las leyes de Reglamentación Hotelera (ley 18.828), Reglamentación de Agentes de Viaje (ley 18.829) y Sistemas Turísticos de Tiempo Compartido (ley 26.356) ¿Qué pasa con los viajes de egresados 2024?¿Cómo impacta la desregulación en el turismo?

El resultado inmediato de la derogación de las tres leyes que regulan el sector turístico es "desmantelar el sistema de protección para el turista-usuario", aseguró Martín Antonucci, exdirector de Agencias de Viajes del Ministerio de Turismo de la Nación, en diálogo con Urbana Play. Las principales modificaciones para las agencias de viaje son:

Cualquier persona va a poder ofrecer servicios turísticos.

Ya no es obligatorio contratar seguros de viaje.

Se eliminan las multas por incumplimientos y la instancia de resolución de conflictos.

Las agencias ya no estarán obligadas a contar con un profesional idóneo.

"Dado que la figura del idóneo técnico es responsable por el cumplimiento de los deberes de la agencia, su eliminación reduce la cadena de responsabilidad solidaria ante reclamos de los turistas usuarios que puedan ser afectados por incumplimientos", analizó Antonucci en un hilo de X (antes Twitter).

¿Qué pasa con los viajes de egresados 2024?

Los viajes de egresados también se ven afectados por el decretazo de Javier Milei. La derogación de la ley 18.829 arrastra consigo a la ley 25.599 de Turismo Estudiantil, explicó el exfuncionario Antonucci. Por lo tanto, quedan desregulados los siguientes ítems para los viajes de fin de curso:

Ya no se exigen requisitos económico-financieros para operar en el segmento viajes de estudio y de fin de curso.

Las agencias de turismo estudiantil no están obligadas a cumplir los estándares de seguridad ni la acreditación de antecedentes penales de sus coordinadores.

Se elimina el Fondo de Fideicomiso de Turismo Estudiantil.

Dejan de ser obligatorios los seguros de viaje para diferentes actividades, como las excursiones.

Para justificar la eliminación del marco regulatorio, el ejecutivo argumentó que es necesario "reducir la carga burocrática" del sector. De esta manera, prometen, se va a incrementar la oferta de desarrollos turísticos.

Sin embargo, Antonucci advirtió que un paradigma fundamentalmente vinculado al ocio supone que la actividad la tienen que manejar "unicamente entre las partes", cuando la realidad "es mucho más compleja".

¿Qué es el Fondo de Turismo Estudiantil?

El Fondo de Turismo Estudiantil tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las empresas que organizan viajes de fin de curso. Es decir, es un fondo para que nadie que haya contratado a una agencia habilitada se quede sin su viaje, o sin la devolución de lo abonado. Con el decretazo de Milei, este reaseguro queda suprimido.

El Fondo se financia mediante el cobro de la Cuota Cero. Ese monto es lo primero que las familias abonan a la empresa organizadora, incluso antes de empezar a pagar las cuotas del viaje. La Cuota Cero tiene un valor del 6% del contrato básico de viaje.

En caso de que la agencia contratada no cumpla con lo pactado, la Cuota Cero funciona como una garantía que cubre los servicios de transporte, alojamiento, gastronomía, excursiones básicas diurnas y los seguros correspondientes a la realización del viaje.

¿Qué es un DNU?

Los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) son herramientas legislativas que otorgan al Poder Ejecutivo la capacidad de legislar en situaciones extraordinarias, sin pasar por el proceso tradicional del Congreso. Las características principales de los DNU son:

Emergencia y urgencia: los DNU se emiten en situaciones de emergencia y urgencia, donde la demora podría tener consecuencias negativas para el país.

Áreas limitadas: aunque permiten una acción rápida, los DNU tienen límites. La Constitución de Argentina establece que no pueden utilizarse para legislar sobre cuestiones impositivas, electorales y penales, ni para modificar el régimen de los partidos políticos.

Vigencia temporal: estos decretos tienen una vigencia temporal y deben ser ratificados por el Congreso para convertirse en ley permanente. Si el Congreso no los ratifica, pierden su validez después de cierto tiempo.

Control judicial: los DNU pueden ser objeto de control judicial para verificar su constitucionalidad. Los tribunales pueden analizar si las circunstancias realmente justifican la emisión de un DNU.

El proceso se hace solo cuando el Presidente considera que la situación requiere medidas inmediatas para abordar problemas urgentes que no pueden esperar el tiempo que lleva el proceso legislativo regular. 

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